El Tribunal Supremo ha dictado su fallo judicial en el recurso de
casación presentado por el Club Catalán de Naturismo contra la sentencia de la
Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de Cataluña, que había avalado la ordenanza municipal que
prohibía la práctica del nudismo en sus playas. Esta sentencia, aunque se
quiera disfrazar como discriminatoria y desproporcionada, se enfrenta al
derecho fundamental a la libertad ideológica, tal y como se recogió por el
Tribunal Europeo de Estrasburgo, en octubre de 2014, cuando sentenció
que la práctica del nudismo estaba amparada por el derecho a la
libertad de expresión.
Sí es cierto que el nudismo/naturismo se practica en playas donde el aviso
previo es lo habitual, incluso en las redes sociales, para que nadie,
medianamente informado, se lleve a engaño. Lo anormal es que se practique en
zonas costeras multitudinarias como si se trataran de playas mixtas. Hay que
ser muy pusilánime para no darse cuenta de que, hoy por hoy, cada playa debe
tener lo que la mayoría quiera para no llegar, ni por asomo, hasta la
autocracia de las minorías, tan en boga. Aunque el espacio ofrecido para
disfrutar del sol con la totalidad de la piel expuesta sea de difícil acceso no
es óbice para saltarse ciertas formas mínimas de convivencia social.
Lo ideal es que las playas no se confundan para tranquilidad y
confortabilidad de todos aquellos que quieran disfrutar de este tipo de asueto.
Lo que resulta más extraño aún es que en zonas eminentemente turísticas, con
población de mente bastante abierta, hayan denunciado esta particularidad, a no
ser que, profundizando quizá demasiado, entre los denunciantes de turno, como causa
final, un decir, hayan sido algunos de los integrantes del treinta
por ciento de la población inmigrante. Se relajarían más si no fuera el caso.
Los tiempos cambian los protocolos, nada es estático, sobre todo el
lenguaje; sin embargo, en cuestión de educación, primariamente la familia y
secundariamente la sociedad, destacan los hábitos en las prendas de vestir. El
buen tiempo hace que cualquiera se vista con una camiseta sobaquera como si
fuera una camisa; se enfunde, como si fueran unos pantalones, unos de corte
bermudas/piratas y, como si fuera un calzado, unas chancletas, cuando ha sido
citado para hacer una entrevista con el fin fundamental de conseguir un puesto
de trabajo. Vamos que, demasiado informal, un adán clásico.
Estos derroteros pueden llegar a concluir con que, para conseguir arrebatar la hipocresía con la que cuentan los políticos, fuera loable que, a las sesiones de debate parlamentarias, ya sean locales, autonómicas, nacionales, europeas, consistoriales, etcétera, se exigiera asistir sin la dictadura del vestuario a discursear o no, en pulguina, así sus palabras se alejarían del clásico engominado, serían más naturales y se acercarían más a la realidad, no como ahora, distantes y sinsentido, se les quitaría la bobez sublime de la que presumen. Y si, además, estuvieran medio ajumados, mucho mejor. Para los próximos comicios ponga un/a parlamentario/a descanicado/a en su vida, dentro de un parlamento totalmente despelotado, aunque no indigno.
En cuestión de vestir, el género lo diferencia casi todo. Las mujeres lo
tienen infinitamente fácil, quizá sea por naturaleza, juegan con ventaja, su
atuendo puede ser elegido entre masculino o femenino, puede disfrazarse de
hombre o bien vestirse de mujer, sin que la elección suponga estar fuera de
lugar: todo le sienta a las mil maravillas, mientras que el hombre, para vestir
adecuadamente, no admite discusión, debe presentarse casi encorsetado sin poder
disfrazarse de mujer, aunque aún se puede pedir turno.
Alfonso Campuzano
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